Delitos de violencia de género y violencia doméstica

Si el sujeto pasivo del delito es o ha sido esposa, o mujer que esté o haya estado ligada con el autor por una análoga relación de afectividad aun sin convivencia. En estos casos la competencia para instruir los hechos la tendrá el Juzgado de Violencia Sobre la Mujer correspondiente. Asimismo, los Juzgados de Violencia sobre la Mujer tendrán también competencia en distintas materias civiles, entre ellas, las que versen sobre guarda y custodia, sobre alimentos reclamados por un progenitor contra el otro en nombre de los hijos menores siempre y cuando se den los siguientes requisitos:
  1.  Que alguna de las partes del proceso civil sea víctima de los actos de violencia de género
  2. Que alguna de las partes del proceso civil esté investigado como autor, inductor o cooperador necesario en la realización de actos de violencia de género.
  3. Que se hayan iniciado ante el Juez de Violencia sobre la Mujer actuaciones penales por delito o delito leve a consecuencia de un acto de violencia sobre la mujer, o se haya adoptado una orden de protección a una víctima de violencia de género.
Si el sujeto pasivo del delito son los descendientes, ascendientes o hermanos por naturaleza, adopción o afinidad, propios o del cónyuge o conviviente,  menores o personas con discapacidad necesitadas de especial protección que con convivan con el autor o que se hallen sujetos a la potestad, tutela, curatela, acogimiento o guarda de hecho del cónyuge o conviviente, o persona amparada en cualquier otra relación por la que se encuentre integrada en el núcleo de su convivencia familiar, así como las personas que por su especial vulnerabilidad se encuentran sometidas a custodia o guarda en centros públicos o privados.

Es decir, la principal diferencia entre ambos supuestos, es el sujeto pasivo (víctima del delito). En el primer caso, siempre será una mujer, que haya mantenido una relación sentimental análoga a la matrimonial o sea o haya sido esposa del autor.

En el segundo supuesto, la violencia se ejerce en el ámbito familiar, y a diferencia de lo que ocurre en el supuesto de violencia de género, el autor del delito puede ser cualquier persona, no solo un hombre.