Abogados Delitos contra el patrimonio

García Peña & Andújar Abogados somos abogados especializados en delitos contra el patrimonio con más de 30 años de experiencia interviniendo en procedimientos por estafa, apropiación indebida y otros delitos patrimoniales, representando tanto a víctimas que buscan reclamar lo defraudado como a personas investigadas o acusadas que necesitan una defensa sólida. Si te enfrentas a este tipo de situación, estamos preparados para ayudarte.

¿En qué podemos ayudarte como abogados de delitos contra el patrimonio?

Los delitos contra el patrimonio abarcan una amplia variedad de conductas tipificadas en el Código Penal que tienen en común el perjuicio económico causado a la víctima. Nuestra intervención puede darse en dos sentidos:

Si eres víctima: ejercemos la acusación particular junto a la acción civil para reclamar la restitución de lo defraudado y la indemnización por los daños sufridos.

Si necesitas defensa: analizamos las circunstancias del caso y construimos la estrategia más adecuada desde el inicio del procedimiento.

Delitos contra el patrimonio en el Código Penal

En nuestro Código Penal se distinguen, entre otros, los siguientes delitos contra el patrimonio:

Aquel que con ánimo de lucro, utilizara engaño bastante para producir error en otro, induciéndolo a realizar un acto de disposición en perjuicio propio o ajeno, será condenado, como autor de un delito de estafa. Para la fijación de la pena se tendrá en cuenta el importe de lo defraudado, el quebranto económico causado al perjudicado, las relaciones entre éste y el defraudador, los medios empleados y cuantas otras circunstancias sirvan para valorar la gravedad de la infracción. Si la cuantía de lo defraudado no excediere de 400 euros, se impondrá una pena de multa en lugar de prisión. El Art. 249 del Código Penal expresamente contempla otras modalidades de estafa como el uso fraudulento de tarjetas bancarias, cheques o la manipulación informática, entre otros. Por su parte, el Art. 250 del Código Penal contempla una serie de circunstancias que agravan la pena del delito de estafa.
Aquel que se apropiara para sí o para un tercero, de dinero, efectos, valores o cualquier otra cosa mueble, que hubiera recibido en depósito, comisión, o custodia, o que le hubieran sido confiado en virtud de cualquier otro título que produzca la obligación de entregarlos o devolverlos, o negaren haberlos recibido, será castigado, como autor de un delito de apropiación indebida.   Si la cuantía de lo apropiado no excediere de 400 euros, se impondrá una pena de multa en lugar de prisión.

Consulta tu caso con nuestros abogados

Si has sido víctima de un delito contra el patrimonio o estás siendo investigado por uno, cuéntanos tu situación. Analizamos las circunstancias del caso y te explicamos la mejor estrategia antes de iniciar cualquier actuación.