Alcoholemia y otros delitos contra la circulación

En García Peña & Andújar Abogados somos abogados especializados en delitos de circulación en Madrid con más de 30 años de experiencia defendiendo a conductores investigados y acusados en procedimientos penales por infracciones graves de tráfico. Si te enfrentas a cargos por alcoholemia, conducción temeraria u otros delitos contra la seguridad vial, estamos preparados para ayudarte.

¿Qué son los delitos de circulación?

Los delitos de circulación son infracciones tipificadas en el Código Penal que van más allá de las sanciones administrativas de tráfico. A diferencia de las multas, estos delitos pueden conllevar penas de prisión, retirada del permiso de conducir, multas penales o trabajos en beneficio de la comunidad. Es fundamental contar con asistencia letrada especializada desde el primer momento para construir la mejor estrategia de defensa.

En García Peña & Andújar Abogados te acompañamos durante todo el proceso: desde la detención o citación judicial hasta el juicio y, si procede, los recursos frente a la sentencia.

  • Conducir bajo los efectos del alcohol, drogas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas (Art. 379.1 del Código Penal). En todo caso será condenado el que condujera con una tasa de alcohol en aire espirado superior a 0,60 miligramos por litro o con una tasa de alcohol en sangre superior a 1,2 gramos por litro.
  • Conducir a velocidad superior a los 60 km por hora en vía urbana o a los 80 km por hora en vía interurbana a la permitida (Art. 379.2 del Código Penal)
  • Conducir con temeridad manifiesta y poner en peligro la vida o la integridad de las personas (Art. 380 del Código Penal)
  • El conductor que voluntariamente y sin que concurra riesgo propio o de terceros, abandone el lugar de los hechos tras causar un accidente en el que fallecieran una o varias personas o en el que se les causara alguna de las lesiones contempladas en el Art. 147.1, 149 y 150 del Código Penal. (Art. 382 bis del Código Penal)
  • El conductor que, requerido por un agente de la autoridad, se negare a someterse a las pruebas legalmente establecidas para la comprobación de las tasas de alcoholemia y la presencia de las drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas.(Art. 383 del Código Penal)
  • Conducir en los casos de pérdida de vigencia del permiso o licencia por pérdida total de los puntos asignados legalmente.
  • Conducir tras haber sido privado cautelar o definitivamente del permiso o licencia por decisión judicial.
  • Conducir sin haber obtenido nunca permiso o licencia de conducción. (Art. 384 del Código Penal)

Consulta tu caso con nuestros abogados para delitos de circulación en Madrid

Si estás investigado o has sido citado por un delito de circulación en Madrid, cuéntanos tu situación. Analizamos las circunstancias del caso y te explicamos la mejor estrategia de defensa antes de iniciar cualquier actuación.