Diferencia entre investigado y acusado: fases del proceso penal y derechos de cada situación

Una de las dudas más frecuentes que nos plantean en GPA Abogados es la diferencia entre investigado y acusado. Son dos términos que a menudo se confunden, pero que corresponden a momentos procesales muy distintos y conllevan consecuencias jurídicas diferentes. Entender en qué punto del proceso penal te encuentras es esencial para articular una defensa eficaz desde el primer instante.

¿Qué es el investigado en un proceso penal?

El investigado es la persona sobre la que recaen sospechas de haber participado en un hecho delictivo, pero cuya culpabilidad no ha sido determinada. Es la figura que en 2015 sustituyó al imputado mediante la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

Durante la fase de investigación o instrucción de un presunto hecho delictivo la misión del Juez Instructor es practicar diligencias, recabar pruebas y valorar si existen indicios racionales de criminalidad y participación del investigado en el crimen para pasar a la fase intermedia del proceso. 

El proceso

Cuando un Juez/a instructor/a incoa un proceso penal frente a una persona y l reviste como investigada se despliegan una serie de derechos reconocidos en la Ley de Enjuiciamiento Criminal. El más importante, el más trascendente, aparte de otros derechos instrumentales como el de ser asistido por un intérprete cuando el declarante no conociere el castellano, es el derecho a no declarar, a contestar solo a lo que quieras.

Se tiene derecho a permanecer en silencio. El ejercicio de dicho derecho, es decir, permanecer en silencio puede ser muy conveniente en ciertos casos, por ejemplo cuando una causa es declarada secreta o cuando se desconocen el resultado de algunas diligencias probatorias acordadas pero todavía no practicadas, como por ejemplo una prueba de ADN. La decisión de no declarar la suele tomar, obviamente de acuerdo con el cliente, el letrado defensor.

El abogado sabe en todo momento lo que más le conviene al cliente. Es importante entonces que desde el minuto uno que le asistimos se cree la imprescindible relación de confianza entre el abogado y su cliente, solo a través de ella se pueden tomar ciertas decisiones como la que comentamos ahora.

Una de las principales características en GPA Abogados es la absoluta implicación personal en el caso y en el cliente desde el comienzo del encargo profesional.

El derecho a no declarar contra si mismo es un derecho que se mantiene a lo largo de todo el proceso, pero su ejercicio estratégico en los primeros compases del procedimiento puede condicionar el resultado final del mismo.

Fuente: Ley 41/2015, de modificación de la LECrim — Figura del investigado — BOE

¿Qué es el acusado y cómo se llega a esa condición?

Superada la fase intermedia, un ciudadano/a es acusada y adquiere tal condición cuando ha sido formalmente acusado mediante un escrito de acusación presentado por el Ministerio Fiscal, la acusación particular representando a la víctima del delito o, eventualmente, el acusador popular, ello una vez concluida la instrucción y abierto el juicio oral. Es la diferencia entre investigado y acusado más importante desde el punto de vista procesal.

Para que una persona pase de investigada a acusada es necesario que el juez de instrucción dicte auto de apertura de juicio oral. A partir de ese momento, el procedimiento entra en su fase de enjuiciamiento: se fijan los hechos objeto de acusación, las calificaciones jurídicas provisionales y las penas solicitadas.

Fuente: Artículos 780-784 LECrim — Apertura del juicio oral — BOE

Aunque resulta muy conveniente que la defensa se ejerza desde el primer instante del proceso, no es inusual que como abogados asumamos la defensa en otro momento posterior, ya sea durante la instrucción de la causa, ya sea cuando el cliente es formalmente acusado o, incluso, directamente para juicio. En España el juicio es el acto esencial del que deriva la condena -o no- del cliente. Aunque es en este momento cuando la defensa penal adquiere su máxima relevancia no minusvaloremos una buena defensa practicada durante la fase instructora. Puede ocurrir perfectamente que con una buena estrategia de defensa durante esa fase ayudemos a conseguir que a nuestro cliente se le sobresea el caso ya en la instrucción, sin pasar de fase, sin ir a juicio.

En GPA Abogados, nuestro equipo de Derecho Penal analiza cada con detalle cada instrucción, elaborando la estrategia más adecuada en cada fase del procedimiento garantizando la mejor defensa posible, ya sea orientada al sobreseimiento, a la absolución o, cuando no sea posible, a la mínima condena posible.

Diferencia entre investigado y acusado: resumen comparativo

La diferencia entre investigado y acusado puede resumirse en una sola idea: el investigado aparece durante la fase de instrucción. Superada esa fase, si concurren indicios suficientes de criminalidad y se formula acusación con él su condición mutará a la de acusado enfrentándose a un juicio oral.

Como investigado:

  • Fase: instrucción (diligencias previas o sumario).
  • Indicios: Deben ser racionales.
  • Puede concluir en sobreseimiento sin llegar a juicio.
  • Derecho a guardar silencio y a no autoinculparse.

Como acusado:

  • Fase: juicio oral, tras auto de apertura.
  • Existe un escrito de acusación con imputaciones y penas concretas.
  • El procedimiento necesariamente termina en sentencia.
  • Mantiene el derecho a la defensa y a la última palabra.

¿Por qué es importante actuar desde la fase de investigado?

Porque una defensa sólida en la instrucción puede evitar que el caso llegue a juicio oral. Conocer bien la diferencia entre investigado y acusado permite al abogado actuar en el momento procesal donde el impacto de la defensa es mayor.

En GPA Abogados hemos comprobado en más de treinta años de ejercicio que las decisiones tomadas durante la instrucción condicionan todo lo que viene después. Una declaración mal planteada, mal realizada, la falta de acceso a las diligencias o no proponer diligencias de descargo necesarias pueden estrechar considerablemente el margen de maniobra en el juicio oral.

Si te has convertido en investigado, no esperes a ser acusado para buscar un abogado penalista. Puede que luego sea tarde.

Preguntas frecuentes

¿Todo investigado acaba siendo acusado?

No. Muchos procedimientos se sobreseen durante la instrucción porque las pruebas resultan insuficientes o porque el juez aprecia que los hechos no son constitutivos de delito. La diferencia entre investigado y acusado es precisamente esa: la instrucción actúa como filtro. Una defensa activa en esta fase puede lograr el archivo del proceso antes de que se formule acusación alguna.

¿Puede haber varios acusados en el mismo procedimiento?

Sí. En causas con múltiples investigados, el juez puede abrir juicio oral para todos ellos o solo para algunos, en función de los indicios existentes. Cada acusado tiene derecho a su propia defensa independiente, aunque los hechos enjuiciados sean los mismos. En GPA Abogados hemos intervenido con éxito en casos de gran complejidad con múltiples acusados, incluidos procedimientos muy complejos ante la Audiencia Nacional.

Pide tu cita: defiéndete desde el primer momento

Tanto si usted ha sido citado como investigado en un proceso, como si ya se ha formulado un escrito de acusación en su contra, en GPA Abogados ponemos a tu disposición abogado/as con toda una vida de experiencia en Derecho Penal. Cada fase del proceso cuenta, y nosotros sabemos cómo actuar en cada una de ellas.

Contacta con nosotros a través del formulario de contacto, llama al 91 399 42 71 o al móvil de urgencias 650 158 013.

Sobre el autor

Artículo redactado por el equipo jurídico de García Peña & Andújar Abogados, despacho fundado en 1999 y especializado en Derecho Penal, Civil y Laboral. Con sede en Madrid (calle Bretón de los Herreros, 7), el despacho ha intervenido en procedimientos penales de especial relevancia ante la Audiencia Nacional, incluyendo la Operación Gürtel, los atentados del 11-M y el caso Vitaldent.

Add a Comment

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *